La Procuraduría consideró inconstitucional el requisito que para ascender a subintendente de la Policía Nacional los patrulleros no deban tener sanciones en los últimos tres años.
El ministerio Público consideró que la norma es discriminatoria lo que vulnera el derecho a la igualdad respecto a los demás miembros de la institución, pues para el ascenso de los oficiales de la Policía no se exige la ausencia de sanciones en los últimos tres años, como tampoco se exige para los suboficiales, salvo para los patrulleros en servicio activo, quienes son los únicos que para ascender a subintendentes deben cumplir esa exigencia.
El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordoñez, consideró que “no es razonable ni objetivo exigir buena conducta sólo a los patrulleros, uno de los grados menores en la jerarquía de la policía, y no exigirla también a los grados intermedios y, en especial, a los superiores dentro de dicha jerarquía.”
De acuerdo con la norma, si un servidor de la Policía recibe una sanción en los últimos tres años, ésta sólo impide el ascenso de los patrulleros, pero no es un obstáculo para el ascenso de los demás suboficiales y para los oficiales, lo cual representa una “discriminación negativa, en contra de los patrulleros”, concluyó el Procurador.

No hay comentarios:
Publicar un comentario